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Declaran inconstitucional el trabajo infantil

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Niño vende dulces en la calle. (Archivo)

Niño vende dulces en la calle. (Archivo)

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucional el artículo 129 del nuevo Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA), que autorizó “excepcionalmente” el trabajo infantil por cuenta propia desde los 10 años y por cuenta ajena desde los 12 años.

Según la sentencia 0025/2017, emitida el 21 de julio de 2017, y que recién se conoció de manera pública, la Sala Plena del TCP resolvió declarar la inconstitucionalidad del mencionado artículo por ser “incompatible y contradictorio” con la Constitución Política del Estado (CPE), la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El 18 de octubre de 2014, el por entonces defensor del Pueblo, Rolando Villena, presentó una acción de inconstitucionalidad abstracta ante el TCP porque consideró que se estaba vulnerando los tratados y los tratados internacionales y los propios derechos de la niñez.

Villena sostuvo que se esperó siete meses para hacer público el fallo en la Gaceta Oficial, y observó la medida.

SUCRE/Agencias


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